Seguros Monterrey New York Life cuenta con planes creados específicamente para cubrir a grupos de personas, estos son ideales para empresas de cualquier tamaño y asociaciones pues ayudan a proteger a sus trabajadores, miembros o colaboradores. Estos productos ofrecen un programa de protección familiar diseñado de acuerdo a las necesidades del grupo y permiten a sus miembros tener tranquilidad y contar con un patrimonio asegurado; ofrecen un apoyo para que las familias de los colaboradores estén protegidas económicamente en caso de que el asegurado fallezca por muerte natural, muerte accidental o se invalide a consecuencia de un accidente o enfermedad.
Se pagará a los beneficiarios designados por el asegurado, la Suma Asegurada contratada al momento de ocurrir el fallecimiento.
Se otorgará cuando a consecuencia directa de algún accidente amparado ocurra la muerte del asegurado.
Se otorgará cuando a consecuencia directa de algún accidente amparado, ocurre la muerte o alguna(s) pérdida(s) orgánica(s) en la persona del Asegurado.
Se otorgará cuando el fallecimiento o la pérdida orgánica del Asegurado sea a consecuencia de un accidente colectivo.
Se pagará la Suma Asegurada para este beneficio en una sola exhibición al Asegurado que presente un estado de Invalidez Total y Permanente.
Se pagará la Suma Asegurada para este beneficio en una sola exhibición al Asegurado que presente un estado de Invalidez Total y Permanente a causa directa de algún accidente y dentro de los 90 días siguientes de haber ocurrido éste.
Cuando el asegurado presente el estado de invalidez, SMNYL emitirá a dicha persona un seguro ordinario de vida individual sin beneficios adicionales y con Suma Asegurada igual a la contratada para este beneficio, dicha póliza permanecerá vigente y sin cambio alguno hasta que ocurra el fallecimiento del asegurado y se pague a los beneficiarios designados.
Se otorgará al fallecimiento del asegurado. El pago de la indemnización es independiente de la Suma Asegurada contratada para el beneficio básico.
Se otorgará al fallecimiento del titular y/o su cónyuge. El pago es independiente de la Suma Asegurada contratada para el beneficio básico.
Se otorgará al fallecimiento del titular, cónyuge e/o hijos. El pago es independiente de la Suma Asegurada contratada para el beneficio básico.
Se pagará al Asegurado el 30% de la Suma Asegurada básica con límite de 215 UMAM3, como anticipo en caso de que el asegurado llegara a padecer cáncer.
Se pagará al Asegurado un porcentaje de la Suma Asegurada con límite de 215 UMAM3, como anticipo en caso de que el asegurado llegara a padecer alguna Enfermedad Terminal amparada.
Debe haber mínimo 10 participantes para que se considere una colectividad
Gastos Médicos Mayores (Experiencia Global) Tiene la finalidad de proteger a los colaboradores y/o sus dependientes económicos de los gastos médicos mayores que sufran a causa de algún accidente o enfermedad amparado por la póliza y evitar el desequilibrio económico que esto provoca; ofreciendo el mejor servicio, rapidez y calidad cuidando su bienestar.
Alfa Medical es un seguro flexible y confiable que cuenta con una amplia cobertura de hospitales y médicos a nivel nacional. Se adapta a las necesidades de los clientes, por medio de las dos siguientes modalidades: Colectivo y Colectivo Empresarial
Se suministrarán los servicios médicos inmediatos al Asegurado o cualquiera de sus Dependientes que se encuentren fuera del territorio nacional por un periodo máximo de 6 meses, a consecuencia de un evento amparado.
Se cubrirán los gastos médicos que efectúe el Asegurado o sus Dependientes en el extranjero, originados por la atención de todas las Enfermedades o Accidentes amparados en la póliza.
Se cubrirán los gastos médicos complementarios cuando el Asegurado acredite haber estado asegurado en otra aseguradora mexicana en el periodo inmediato anterior a la fecha de solicitud de alta de su póliza.
Se cubrirá el servicio de ambulancia aérea cuando no se cuente con los recursos médicos, hospitalarios para atender al asegurado; así mismo, se tomará en cuenta si la gravedad del evento lo amerita.
Se pagará la Suma Asegurada contratada para este beneficio, en caso de que la muerte del asegurado y/o de cualquiera de los dependientes amparados en la póliza, se haya producido como consecuencia de cualquier accidente y/o enfermedad.
Se pagará la Suma Asegurada contratada para este beneficio, en caso de que a causa de un accidente o enfermedad amparada el asegurado y/o de cualquiera de los dependientes amparados en la póliza, fueren intervenidos quirúrgicamente en un hospital debidamente registrado.
Con esta cobertura se cubren los padecimientos preexistentes desde el inicio de vigencia de la póliza.
Esta cobertura ofrece un plan dental con servicios básicos como: evaluación oral completa, limpieza dental, consulta periodontal completa entre otros; dicho plan puede tener upgrades para acceder a más beneficios.
Esta cobertura ofrece un plan de visión con servicios básicos como: examen de la vista, entre otros; dicho plan puede tener upgrades para acceder a más beneficios.
Esta cobertura es aplicable únicamente a asegurados que residan en la franja fronteriza, se amparan los gastos médicos que el Asegurado o cualquiera de sus Dependientes eroguen siempre y cuando los gastos efectuados se realicen con médicos y hospitales en las ciudades de la franja fronteriza de Estados Unidos de Norte América con la República Mexicana, se considera como franja los 20 kilómetros de ancho del territorio fronterizo de Estados Unidos de Norteamérica con México.
Debe haber mínimo 10 participantes para que se considere una colectividad
Derechos Reservados @2024 Maguissa y Asociados SC.
Powered by FOG Digital Marketing